Reciclado de envases: novedades regulatorias en el Real Decreto 1055/2022
Como ya hemos ido informando, a partir del próximo 1 de enero, el Real Decreto 1055/2022 sobre envases y residuos de envases establece la obligatoriedad de indicar el contenedor de destino de los envases domésticos para aquellos envases que se pongan en el mercado español desde esta fecha.
¿Qué pasa con los productos que ya se encuentren en stock o detro del mercado?
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- Este cambio en la normativa de envases y residuos no tiene carácter retroactivo.
- No aplica a los artículos de consumo puestos en el mercado antes del 1 de enero, ni tampoco a los que se encuentren ya en stock.
¿Qué implica, a la práctica, la nueva obligación de indicar qué tipo de residuo generan los envases de productos?
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- Esta obligación supone poner una frase informativa o un símbolo en los envases.
- No se establece un formato o símbolo concreto, pero si debe ponerse sobre el propio envase o sobre la etiqueta. Esta información puede ir junto con información o símbolos para otros países que también estén obligados
Nuevas herramientas para el consumidor: el etiquetado de productos de consumo
La organización de protección medioambiental ECOEMBES ha tomado como propia la misión de hacer cumplir la nueva normativa de residuos, y para gestionarlo, ha creado los símbolos “Recicla”, que las empresas adheridas a su organización pueden utilizar para informar a los consumidores sobre qué tipo de residuo es el envase de un producto y en qué contenedor debería tirarlo.
